El Concubinato en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

El concubinato constituyó una unión similar al matrimonio, pero entre personas que, por voluntad o por capacidad, no podían convertirse en cónyuges legítimos.

Esta unión no tenía los mismos efectos jurídicos que el iustae nuptiae, y además, la descendencia que generara no ingresaba a la familia agnaticia del varón, aunque se mantendría en la familia cognaticia de ambos miembros de la pareja.

Socialmente fue aceptado durante toda la duración de la Antigua Roma, aunque con diferentes modificaciones, que lo limitaron, como por ejemplo que, no debía practicarse con una mujer que pudiera legítimamente ser la esposa. Así sería una figura para nominar aquello que el iustae nuptiae excluía.

It is a long established fact that a reader will be distracted by the readable content of a page when looking at its layout. The point of using Lorem Ipsum is that it has a more-or-less normal distribution of letters, as opposed to using 'Content here, content here', making it look like readable English.

Debes ingresar para acceder a este contenido
Iniciar con Google
Iniciar con Facebook
x